Sentencia enfrenta a la Suprema Corte y al TC
CONSISTE EN LA ANULACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 830-2012 DICTADA
POR LA SCJ
Santo Domingo
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) dio a conocer el pasado viernes, en su
página de Internet, la sentencia dictada con motivo del primer caso de anulación
de un fallo de esa alta corte dispuesto por el Tribunal Constitucional (TC),
después de la entrada en vigencia de la Constitución de 2010.
El LISTÍN DIARIO, en su edición del 20 de febrero de 2013, dio a conocer el
primer precedente sentado por el Tribunal Constitucional, con el cual se anulaba
la resolución 830-2012, dictada por las salas reunidas de la Suprema Corte de
Justicia, porque a juicio del Tribunal Constitucional, la Suprema Corte incurrió
en una violación de la Constitución, al no cumplir su obligación de motivar
adecuadamente dicho fallo.
El caso de que se trata enfrenta en un litigio penal desde el año 2002 a la
sociedad contratista del Estado dominicano Malespín Constructora y al empresario
Marcos Malespín contra el señor Juan Alberto Pimentel, propietario de un
inmueble en la provincia Peravia.
La empresa Malespín Constructora resultó condenada al pago de una
indemnización de seis millones de pesos y la Suprema Corte de Justicia declaró
inadmisible su recurso, limitándo se a decir que las causas de la apelación no
cumplen con los supuestos previstos en el Código Procesal Penal, sin dar ningún
otro motivo ni razón para justificar su fallo. Dicha empresa y su presidente
están representados por los abogados Juan Antonio Delgado y Joan Alcántara .
La SCJ, con su decisión fechada 14 de marzo de 2013, pero dada a conocer el
pasado viernes, no acogió el criterio trazado por el Tribunal Constitucional, en
el sentido de dar una motivación adecuada a su fallo; sino que ratificó su
pronunciamiento diciendo que a juicio de la Suprema Corte de Justicia “no se
requiere de una motivación más detallada cuando de lo que se trata es de
inadmitir un recurso de casación, o de admitirlo para luego conocer del fondo
del mismo; motivación extensa que si se justifica cuando admitido el recurso de
casación se va a rendir decisión sobre el fondo”.
Esta decisión de la SCJ provoca el primer enfrentamiento entre las altas
cortes, después de dictada la Constitución del 2010, que le suprimió a la SCJ la
facultad de control de la constitucionalidad de los actos normativos del Estado
y de las decisiones judiciales firmes; pasando esta atribución al TC .
No obstante ello la Suprema Corte, juzgando el caso de nuevo por el envío
ordenado por el Tribunal Constitucional, ha confirmado su criterio de que las
resoluciones de la Suprema Corte de Justicia que no admiten los recursos de
casación en materia penal no requieren de motivaciones detalladas ni extensas.
INTERPRETACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN FIRMAN 13 JUECES:
La sentencia dictada por la Suprema Corte está firmada por 13 jueces. No firman la misma los magistrados Miriam Germán Brito, Francisco Ortega Polanco y Martha Olga García.
La sentencia dictada por la Suprema Corte está firmada por 13 jueces. No firman la misma los magistrados Miriam Germán Brito, Francisco Ortega Polanco y Martha Olga García.
Es previsible que la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia dará
lugar a un amplio debate entre los constitucionalistas, en torno a cuál
jurisdicción, de manera real, tendrá la última palabra en la interpretación de
la Constitución de la República y si es posible que el Tribunal Constitucional
retome el caso y haga un nuevo pronunciamiento que imponga su
criterio.

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