Jueza falla a favor de la campaña de Profamilia
LA
IGLESIA CATÓLICA DICE QUE PEDIRÁ REVISIÓN AL DICTAMEN ANTE TC
Santo Domingo
La jueza de la Quinta Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional rechazó
ayer un recurso de amparo interpuesto por la iglesia Católica contra la campaña
educativa de Profamilia, sobre los derechos sexuales y reproductivos, difundida
a través de los medios de comunicación.
La magistrada Eunice Minaya Pérez adoptó la decisión, tras considerar que la
campaña llevada a efecto por Profamilia no viola derechos fundamentales.
Asimismo, el tribunal fijó la lectura íntegra de la sentencia, marcada con el
número 038-2013, 00390, para el 27 de mayo, a las 9 de la mañana, en el tribunal
ubicado en el antiguo Palacio de Justicia del Centro de Los Héroes.
De inmediato, el padre Manuel Ruiz adelantó que presentará un recurso de
revisión por ante el Tribunal Constitucional (TC), a fin de que la decisión sea
revocada, tras manifestar inconformidad con los argumentos de la jueza .
“El tribunal entiende que mal podría prohibir dicho anuncio, toda vez que tal
ejercicio de divulgación se inscribe dentro de su derecho, mal ejercido si se
quiere a la libertad de expresión y difusión del pensamiento, derecho que tiene
toda persona para expresar libremente su pensamiento, idea y opiniones, por
cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa, con especial cuidado
de proteger a la juventud y la familia, de conformidad con la ley y e orden
público, cosa que en el presente caso no hemos notado que haya pasado”, aduce la
sentencia.
Derecho
Destaca que la participación de los menores de edad en la campaña de Profamilia es parte del derecho de los padres a elegir el tipo de educación de sus hijos, conforme al artículo 63, numeral 2, de la Constitución, que dice: “La familia es responsable de la educación de sus integrantes y tiene derecho a escoger el tipo de educación de sus hijos menores”.
Destaca que la participación de los menores de edad en la campaña de Profamilia es parte del derecho de los padres a elegir el tipo de educación de sus hijos, conforme al artículo 63, numeral 2, de la Constitución, que dice: “La familia es responsable de la educación de sus integrantes y tiene derecho a escoger el tipo de educación de sus hijos menores”.
Y agrega que sería “un contrasentido que el Estado dominicano, a través de
leyes, fomente o pretenda implementar planes para erradicar males y vicios
sociales, y que por prácticas similares sea condenada una persona en nuestros
tribunales”.
Señala la jueza que en lo que concierne al anuncio, en el que un niño
pregunta “Mami, papi y tú lo hacen?”, es evidente que la intención es advertir a
los padres sobre el hecho de que los niños desarrollan, a temprana edad, su
curiosidad por el sexo o son acosados.
También indica que los padres de los menores de edad involucrados en la
campaña publicitaria aprobaron su participación.
La sentencia establece que es mejor que los padres estén prevenidos acerca de
preguntas embarazosas que eventualmente puedan hacerles los hijos acerca del
sexo, para que estos tengan una educación sexual orientada por sus progenitores,
que a la vez debe ser integral y oportuna.
El tribunal rechazó inicialmente los medios de inadmisibilidad del amparo de
los abogados de Profamilia, que al conocer el fallo manifestaron
inconformidad.
EL RECURSO PRESENTADO POR LA IGLESIA
El recurso de amparo fue presentado por la Vicaria Pastoral Familia y vida de la Arquidiócesis de Santo Domingo y la Pastoral de la Salud, a través de los abogados Jorge López Hilario, Edwin Grandel y Carmen Luisa Martínez, quienes habían pedido al tribunal, adoptar medidas para ordenar a Profamilia a retirar toda la publicidad de los medios de comunicación.
El recurso de amparo fue presentado por la Vicaria Pastoral Familia y vida de la Arquidiócesis de Santo Domingo y la Pastoral de la Salud, a través de los abogados Jorge López Hilario, Edwin Grandel y Carmen Luisa Martínez, quienes habían pedido al tribunal, adoptar medidas para ordenar a Profamilia a retirar toda la publicidad de los medios de comunicación.
De su lado, los abogados de Profamilia, Nassef Perdomo, Laura Acosta Lora y
Cristóbal Rodríguez, habían pedido al tribunal rechazar el recurso de amparo
presentado por la iglesia Católica, por entender que no tenía calidad para
interponer ese recurso contra la campaña sobre derechos sexuales y
reproductivos.
Fausto Rosario Adames, presidente del patronato de Profamilia, se mostró
satisfecho con la sentencia y dijo que es un gran logro, por considerar que
primó el derecho a la vida.
A la salida del tribunal, Josefina Peña de Estrella, molesta por la decisión,
irrumpió ante Adames, cuando ofrecía declaraciones, y calificó la sentencia como
“un mamotreto”.

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