Legisladores buscarían interpelar a Domínguez Brito REVELAN QUE EL PROCURADOR HABRÍA VIOLADO EL ARTÍCULO 171 DE LA CONSTITUCIÓN

**VILLA CENTRAL DIGITAL** Santo Domingo, Rep. Dom.-
Antes de salir para Asia a principios de semana en viaje académico, el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, dejó un “trompo embollao” con doble punta: de un lado abrió una persecución impiadosa contra el senador Félix Bautista, pero de forma imprevista dejó un flanco abierto que lo conducirá a las barras del Congreso para ser interpelado por un activismo político que viola la Constitución y la ley orgánica del Ministerio Público.

Con pruebas documentales, imágenes en video, fotografías y testimonios que lo comprometen en actividades políticas partidarias, la sanción congresual a Domínguez Brito conllevará la acusación de prevaricación por violar el artículo 171 de la Constitución y los numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

El procedimiento constitucional será iniciado esta misma semana por iniciativa de casi cien legisladores peledeistas y algunos aliados. El resultado sería la destitución del cargo y la inhabilitación temporal para ejercer funciones públicas. Paralelamente gestionarán que el Colegio de Abogados le suprima el exequátur para ejercer el Derecho.

De paso, el Congreso interpelará a casi cien procuradores adjuntos, fiscales o ayudantes de fiscales nombrados por el procurador general en la mayoría de los municipios del país, contra quienes se presentarían pruebas de que forman parte de la estructura política de Domínguez Brito y participan en la campaña por su nominación presidencial.

El León contra-ataca
La acción del procurador contra el ingeniero Bautista es interpretada por un sector numeroso del partido gobernante como un golpe bajo al ex presidente Leonel Fernández,  a quien buscaría desplazar de la principalía partidaria con un tiro de carambola que se lleve de paro su popularidad y descarte su candidatura en el dieciséis...

“...Sólo que olvidó el cálculo de preparación que el buen maestro de billar inicia en el tiro de carambola que precede a la jugada para poner fin a la partida”. Domínguez Brito subestimó la capacidad de respuesta del senador sureño y olvidó que en política ninguna decisión importante se toma al azar.

Además, en su estrategia de ataque obvió que Félix “anda muy bien acompañado...”, y lo hizo consciente de que la acusación salpica directamente a Leonel Fernández por cuanto habría sido en su gobierno cuando se originó la supuesta fortuna que cuestiona como ilegítima.

Pruebas de prevaricación
Hay pruebas por montones para interpelar al procurador Domínguez Brito en ambas cámaras del Congreso y por vía de hecho solicitar su destitución y sometimiento a los tribunales bajo la acusación de prevaricación.

Circulan imágenes de televisión y fotografías en las que el procurador Domínguez Brito juramenta a sus equipos de campaña en varias jurisdicciones del país que se comprometen a impulsar su “candidatura presidencial” en el 2016, así como grabaciones de audio que despejan cualquier duda sobre sus propósitos electorales.

El artículo 171 de la Constitución en su párrafo segundo dice textualmente:

“La función de representante del ministerio Público es incompatible con cualquier otra función pública o privada, excepto la docencia, y mientras permanezcan en el ejercicio de sus funciones no podrán optar por ningún cargo electivo público ni participar en actividad político partidista”.

La violación de ese mandato constitucional se tipifica como prevaricación, un delito que se hace susceptible a la destitución, a la acción penal y a la degradación cívica.  El Senado tiene facultad para iniciar esa interpelación.

La ley Orgánica 133-11
En su cuarto considerando, la Ley Orgánica del Ministerio Público dice textualmente:

“(...) La Constitución establece un sistema de carrera para garantizar la permanencia de sus integrantes hasta los 75 años de edad y proscribe que estos participen en actividades políticas partidarias”.

Y el artículo 25 se refiere específicamente al principio de apoliticidad en que obligatoriamente tiene que ejercerse la función de ministerio público, y es tajante en la siguiente consideración:

“... Ninguno de sus miembros-- del Ministerio Público--, puede participar en actividad político partidaria, aprovechar su investidura para realizar propaganda a favor de ningún partido político ni utilizar los recursos humanos o materiales de la institución para tales fines”

Incluso, el mismo artículo 25 de la Ley Orgánica autoriza al Ministerio Público  a objetar, “conforme lo dispuesto por esta misma ley”, instrucciones oficiales o particulares, incluyendo de sus superiores jerárquicos, cuando se trate de órdenes o instrucciones de carácter político partidarias.

O sea, que el procurador general de la República podría hasta llegar a desobedecer una orden del Poder Ejecutivo o del propio Presidente de la República si ella conlleva la adopción de una decisión que implique algún involucramiento político-partidario del Ministerio Público. Así de tajante es la disposición que busca mantener la mano del Procurador alejada de la política partidaria.

Para no dejar ningún vestigio de duda sobre ese mandato en particular, la ley orgánica del Ministerio Público es aún más específica. Los numerales 5 y 6 del artículo 79 le prohíbe taxativamente lo siguiente al procurador general:

-Integrar asociaciones, fundaciones o entidades que le generen conflictos de intereses o que tengan carácter político partidario; y

-Realizar actividades ajenas a sus funciones durante la jornada de trabajo”.

Ambos mandatos, según los congresistas que interpelarán al procurador general, están siendo violados consuetudinariamente por Domínguez Brito en sus tareas políticas en procura de la candidatura presidencial del PLD.

Durmiendo con el enemigo
En el gobierno de Leonel Fernández Domínguez Brito ocupó posiciones descollantes, la última de ellas como ministro de Trabajo, una plataforma que utilizó para lanzar una precandidatura presidencial poco auspiciosa en el 2012 compitiendo con el entonces precandidato Danilo Medina.

Siempre se le vio en las cercanías de Fernández, a tal punto que a decir del senador Bautista en esa contienda el actual procurador le solicitó respaldo-- así sea por los bajos--, para ganar la nominación presidencial. A su negativa, dice Bautista, obedece “la brutal persecución” a que lo ha sometido ahora desde la Procuraduría.

Una de las razones que sustentan la interpelación a Domínguez Brito de parte de influyentes legisladores del PLD y grupos aliados, es “la intención marcada” de desacreditar las administraciones de ese partido y particularmente la de Leonel Fernández.

“Ahora es contra Félix Bautista... Más adelante será directamente contra Leonel Fernández y luego vendrá por la cabeza de Danilo... Porque su fin es derribar la estructura de poder que ha construido el PLD”.

A Domínguez Brito lo llevarán ante las barras del Congreso Nacional, primero a la Cámara de Diputados, y luego al Senado de la República, donde se exhibirán en detalles las pruebas que le incriminan en actividades políticas partidarias que le están vedadas por la Constitución y por la ley orgánica del Ministerio Público.

Las pruebas comprometen también la participación decenas de procuradores adjuntos o ayudantes de fiscales que aparecen en fotos e imágenes de video participando en actividades proselitistas a favor de su superior jerárquico.

Parece que empieza a destaparse la caja de los truenos en la política nacional.

Por: César Medina.- 
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